Procedimiento para registro simplificado de productos cosméticos y alimentos de bajo riesgo. Requisitos, control y vigilancia
Reglamento
Resumen: Se oficializa para efectos de la aplicación de los reglamentos centroamericanos que regulan la materia de registros sanitarios de cosméticos y alimentos, las condiciones y requisitos bajo las cuales se puede optar para un registro simplificado, con el fin de agilizar el proceso de registro sanitario, las renovaciones de los registros sanitarios y los cambios posteriores al registro de los cosméticos y los alimentos de bajo riesgo, para su comercialización en el país. Las presentes disposiciones aplican únicamente para los cosméticos y alimentos de bajo riesgo que se encuentren listados en el ANEXO de este Decreto Ejecutivo, cuando se opte por esta vía para su registro sanitario, renovación del registro sanitario o cambios posteriores al registro, sean productos de fabricación nacional o de importación.
Fecha Emisión: 22/01/2016
Tipo Regulación: Procedimiento
Fecha Rige: 08/02/2016
No.Regulación: 39471
Fecha Publicado: 08/02/2016
Clase Regulación: Nacional
No.Gaceta: 28 Alcance Nº 14
Sector: No alimentario
Sub-Sector:
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