Departamento de Análisis Regulatorio

Verifica el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 8220, sus reformas y su reglamento, al revisar las propuestas de regulación que son remitidas por la Administración Pública Central y Descentralizada para control regulatorio, y al emitir criterios vinculantes (para la Administración Central) o recomendadores (para la Administración Descentralizada) sobre tale propuestas.

El Decreto Ejecutivo 37457-MEIC, Reglamento a la Ley N° 6054 "Ley Orgánica del Ministerio de Economía, Industria y Comercio", estable que las funciones de este Departamento son:

 

Artículo 31.-Departamento de Análisis Regulatorio. A este Departamento le corresponde ejecutar las siguientes funciones:

  • Ejecutar los planes de trabajo que le sean asignados por la Dirección de acuerdo con su competencia.
  • Recomendar a la Dirección, a través de los informes técnicos jurídicos, sobre el cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 8220 y su reglamento, de las propuestas de regulación que son remitidas para su conocimiento, por parte de la Dirección de Leyes y Decretos o de las instituciones Descentralizadas.
  • Recomendar a la Dirección las propuestas de modificación, simplificación o de eliminación de trámites innecesarios, duplicados o sin fundamento legal, de conformidad con los principios de Mejora Regulatoria, la Ley N° 8220 y su Reglamento; y la Ley N° 7472 y su Reglamento.
  • Colaborar con las gestiones de la Comisión de Mejora Regulatoria y de su Secretaría Técnica.
  • Colaborar cuando le sea requerido por la Dirección en la implementación y seguimiento de los Planes de Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites de las instituciones.
  • Cualquier otra que le sea asignado.
  • Cualquier otra función asignada por los superiores.