MEIC presenta resultados de cumplimiento de etiquetado en luces y adornos navideños
- 88% de los productos verificados, presentó incumplimientos en los requisitos de etiquetado.
- Se evaluaron 16 productos entre luces y adornos navideños, en 14 en comercios de la Gran Área Metropolitana (GAM).
- Se emitieron 14 prevenciones, actualmente en periodo de corrección por parte de los comercios inspeccionados.
- Se evalúo el cumplimiento del reglamento que establece las especificaciones y requisitos de etiquetado para productos eléctricos de uso doméstico.
Con la llegada de la temporada navideña, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), realizó una nueva verificación para determinar el cumplimiento de los requisitos de etiquetado en series de luces, adornos y decoraciones navideñas, con el fin de que los consumidores cuenten con la información clara y oportuna al momento de adquirir estos productos típicos de la época.
La revisión se realizó los días 5, 10 y 11 de noviembre en 14 comercios ubicados en seis cantones de Alajuela, Cartago, Heredia y San José, donde se analizaron 16 productos para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y la información mínima requerida en el etiquetado, según lo establecido en el reglamento: “RTCR 510:2023 Productos eléctricos. Series de luces, adornos navideños y figuras decorativas de uso doméstico. Especificaciones y Etiquetado”.
La inspección se centró en requisitos obligatorios que permiten garantizar la seguridad eléctrica y la trazabilidad del producto, tales como:
- Nombre y dirección del importador.
- País de origen.
- Tensión de entrada.
- Potencia.
- Instrucciones de precaución.
- Indicaciones de uso (interior/exterior).
- Longitud.
- Cantidad y tipo de luces.
- Número de lote.
- Fecha de fabricación.
- Instructivo y
- Documento técnico.
Análisis de los resultados
Los hallazgos evidencian que de los 16 productos, el 88% (14 productos) incumplen.

Por otro lado, del total de productos revisados, 32% tiene un incumplimiento, mientras que 56% presenta más de uno, evidenciando fallas en la información obligatoria del etiquetado.
Acciones administrativas
El MEIC emitió 14 prevenciones a comercios y distribuidores para subsanar los incumplimientos detectados. Los establecimientos cuentan con 10 días hábiles para realizar los ajustes y presentar una declaración jurada con la evidencia de corrección.
Una vez vencido el plazo (25 de noviembre), quienes no presenten la documentación requerida serán denunciados ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), lo que podría derivar en sanciones que van desde ₡4.600.000 hasta ₡18.400.000, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.
La directora de la Dirección de Regulación Técnica y Vigilancia de Mercado (DIREVI) del MEIC, Luisa Díaz Sánchez, con los detalles
URPP – EAS