24 Marzo de 2023
A las empresas que se hayan registrado como pyme ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y cuya condición se venza entre los meses de enero a diciembre del 2021,-inclusive-, se les ampliará automáticamente dicha renovación, con el fin de facilitar los trámites de las empresas ante los efectos negativos en la economía por la Covid-19.
La acción se enmarca dentro de la Directriz Presidencial 113-MP-MEIC, que promueve el sector público para realizar una revisión de la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que se habilitan a personas físicas o jurídicas para ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza.
De esta manera las empresas, no solo evitarán la realización de trámites que afecten la continuidad de sus actividades, sino que también podrán mantener la vigencia de los siguientes beneficios, derivados de la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las Pymes:
“Conscientes de la situación que enfrentan las empresas es indispensable apoyar al parque empresarial pyme; por eso una vez más el MEIC prorroga la vigencia de la condición pyme, con el fin de avanzar en la simplificación de trámites y facilitar el clima de negocios. Además, con esta acción no solo buscamos brindar una respuesta rápida y oportuna a las necesidades de los empresarios, sino también evitar que las personas se trasladen a la institución con el fin de mitigar los contagios”, manifestó Victoria Hernandez, ministra de Economía.
Por medio del correo electrónico oficial, la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME), le comunicará a las empresas sobre esta prórroga.
Registro Pyme por primera vez
Las empresas que deseen realizar la solicitud de registro por primera vez, podrán hacerlo por medio de una declaración jurada, por lo que no es necesario que adjunte los requisitos que se indican en la normativa, como son la última declaración de renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo.
Una vez que el usuario suba la información al sistema, será analizada y en caso de que la documentación esté completa, se le indicará su aprobación por correo electrónico. En caso de algún inconveniente en la inscripción, tendrá 10 días hábiles adicionales para corregir.
Pasos para solicitud del registro:
Si cuenta con firma digital, puede hacerlo en MEIC Directo: https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio.
Se les recuerda que este registro es un trámite gratuito y voluntario.
En caso de que requiera una Constancia PYME, debe solicitarse por medio de correo electrónico: siec@meic.go.cr y el MEIC haría el envío respectivo de manera digital.
En caso de consultas puede escribir al correo: siec@meic.go.cr o llamar al 2549-1400, ext 100 o 110 o de la 141 a la 145.
Oficina de Relaciones Públicas y Prensa
Ministerio de Economía Industria y Comercio