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Comisión para Promover la Competencia

Imponen sanción de ¢16 millones a cinco parqueos públicos

  • Establecimientos fueron sancionados por acordar  tarifas

 

Harold Hutt
hhutt@meic.go.cr

San José, jueves 1 de octubre, 2009.    La Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) -ente adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio-, estableció una sanción de 16 millones de colones para cinco parqueos públicos, ubicados en San José, debido a que realizaron prácticas de carácter monopolístico, al pactar los montos relativos a sus tarifas.

Para la imposición de estas multas la Comisión consideró, entre otros aspectos, el tamaño del mercado afectado y, en el caso de un agente económico, la intencionalidad de organizar y promover las reuniones con el fin de acordar las tarifas.

Asimismo, la Comisión ordenó a los agentes económicos sancionados abstenerse en el futuro de realizar prácticas monopolísticas que contravengan la Ley No. 7472 y que en consecuencia afecten la libre competencia que debe prevalecer en el mercado.

Los parqueos sancionados están ubicados alrededor del Centro Colón en San José:

  • Parqueo Calle 40,
  • Parqueo La Sabana,
  • Parqueo Talum,
  • Estacionamiento Centro Colón y
  • Parqueo K S.A.

“Este tipo de prácticas atentan contra la libre competencia, ya que  implican una afectación en la dinámica de libre mercado para la auto-regulación de precios.    En razón de lo anterior, se consideró determinante la intervención gubernamental, para efectos de hacer valer la normativa vigente y proteger así al consumidor”, afirmó el señor Eduardo Sibaja, Ministro de Economía, Industria y Comercio .

Dicha sanción fue emitida, dado que la COPROCOM tuvo suficientes indicios para determinar que dichos establecimientos comerciales habían incurrido en prácticas anticompetitivas violatorias de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley 7472).

El principal factor que se determinó en este sentido, fue el acuerdo realizado entre los imputados, para efectos de elevar la tarifa relativa a la guarda y custodia de vehículos.

Este tipo de acuerdos son sancionados,  por cuanto faculta a las empresas para comportarse como un monopolio, incrementando así las tarifas por encima del precio que se daría en un mercado competitivo, acto que impacta directamente a los usuarios de estos servicios.

En este sentido, es importante mencionar que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor prohíbe los acuerdos entre competidores con el propósito de fijar, elevar o manipular los precios o intercambiar información con el mismo objeto o efecto. Este tipo de conductas son consideradas como las más graves ya que permiten a cada participante de estos acuerdos aumentar sus tarifas sin sacrificar su posición competitiva, impactando directamente a los usuarios.

Cabe destacar que los parqueos han planteado recursos de revocatoria contra la decisión de la COPROCOM, recursos que en estos momentos están siendo analizados por esta Comisión.